El proyecto de alquileres ya tiene dictamen, y se aprobaría este año

El proyecto de alquileres ya tiene dictamen, y se aprobaría este año

El presidente de la Comisión de Legislación General, el macrista Daniel Lipovetzky impulsó el tema en Diputados, con cambios al proyecto que tuvo media sanción en 2016 en el Senado, de la K rionegrina Silvina García Larraburu.

El dictamen de mayoría fue firmado por Cambiemos y con disidencias parciales, por el peronismo federal y el FpV. El massismo presentó un dictamen de minoría con un capítulo que crea un fondo compensador -idea del diputado Marco Lavagna- como “protección frente a los descalces entre inflación y salarios”, señaló su compañera de bancada, Carla Pitiot.

En la reunión hubo coincidencia entre diputados de diferentes bloques en la necesidad de facilitar el acceso a la vivienda -como un derecho- y de resguardar desde el Estado al sector de los inquilinos.

Alquileres, el proyecto

Entre los puntos principales de la ley aparece la elevación del plazo mínimo legal de dos a tres años para los contratos de alquiler y su registro en la AFIP; un mecanismo de actualización semestral en base a «un índice conformado por partes iguales, con el índice de precios al consumidor (IPC) y el coeficiente de variación salarial (CVS), ambos elaborados por el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (INDEC)»; y una ampliación del espectro de certificados que son autorizados como garantías para acceder al alquiler, más allá del título de propiedad, como avales bancarios, seguros de caución, recibos de sueldo o certificados de ingresos y garantías de fianza.

Para el caso de los depósitos, los dueños no podrán obligar a un importe mayor al equivalente a un mes de alquiler de la locación, e incluso se obliga a los propietarios a reintegrar el depósito (al momento del cese del contrato) al valor actualizado del último mes de locación. Además, las comisiones de inmobiliarias quedarán a cargo del dueño y no del inquilino, al igual que las expensas denominadas «extraordinarias».

En cuanto a rescisión de los contratos, será equivalente a un mes y medio de alquiler durante el primer año. A partir del segundo, pasará a ser de un mes. Si las partes no llegan a un acuerdo de renovación antes de los dos últimos meses del contrato, el inquilino tendrá libertad para resolver de manera anticipada dicho contrato y devolver el inmueble sin pagar multa alguna.

Por otra parte, habrá excepciones para los alquileres con destino comercial o habitacionales de valores más altos.