Fijan cronograma de pago de Letras para los individuos

Fijan cronograma de pago de Letras para los individuos

El Ministerio de Hacienda estableció el cronograma de pago de las obligaciones correspondientes a los títulos representativos de deuda pública nacional de corto plazo para personas humanas.

A través de la resolución conjunta 61/2019 de las secretarías de Finanzas y de Hacienda, publicada hoy en el Boletín Oficial, dispuso que a fin de que se realicen los pagos de los títulos de deuda pública nacional, la Caja de Valores y el Banco Central (BCRA), en el ámbito de sus respectivas competencias, informarán a la Oficina Nacional de Crédito Público el monto a abonar por estos conceptos, en los plazos y condiciones que esa oficina solicite.

También fijó que los pagos reprogramados se realizarán, para cada título, en las fechas y por los montos que por cada Valor Nominal Original 1.000 se detallan en el cronograma.

El decreto 596 dispuso una postegarción en el pago de las obligaciones de pago correspondientes a los títulos representativos de deuda pública nacional de corto plazo.

El decreto 609 estableció que la postergación dispuesta no alcanzará a esos títulos, en los casos en que las tenencias consten al 31 de julio último en sistemas de registro a través de entidades locales, y correspondan, directa o indirectamente a personas humanas que las conserven bajo su titularidad a la fecha de pago y cuya trazabilidad pueda ser verificada.

Este tratamiento se hizo extensivo a los títulos suscriptos en la licitación del 13 de agosto último por personas humanas que los conserven bajo su titularidad a la respectiva fecha de pago y a aquellos cuyo titular sea una persona humana que los haya entregado en garantía de operaciones de mercado y los recupere manteniendo su titularidad a la fecha de pago, siempre y cuando la trazabilidad de su titularidad esté asegurada a criterio de la Comisión Nacional de Valores.

En consecuencia, Hacienda consideró que «por razones de certeza resulta adecuado definir las fechas de pago reprogramadas y los montos a cancelar en cada una de ellas».

En el caso de las Letras Capitalizables (Lecap) los pagos se extienden hasta el 31 de julio de 2020; para las Letras del Tesoro (Letes), hasta el 28 de febrero próximo; para las Letras ajustadas por el Coeficiente de Estabilización de Referencia (Lecer), el 30 de este mes; y para las Letras en pesos atadas al dólar (Lelink), hasta el 4 de diciembre de este año.

Télam