Jubilaciones: El cambio de fórmula perjudicó a los jubilados

Jubilaciones: El cambio de fórmula perjudicó a los jubilados

El año pasado todos los haberes quedaron rezagados contra la inflación. Los ingresos mensuales perdieron poder de compra entre 0,6% y 8,7% ; el Gobierno logró un ajuste fiscal de $98.000 millones.


El cambio de fórmula perjudicó a los jubilados

“Dije que los jubilados no iban a perder más contra la inflación y lo cumplí”, afirmó Alberto Fernández este mes. los datos oficiales, sin embargo, dicen otra cosa: con un alza de precios de 36,1% en 2020, todos los haberes quedaron rezagados, ya que aumentaron entre 24,3% y 35,3%.

El dato fue difundido ayer por el Indec, en el informe mensual del índice de precios al consumidor (IPC). Con las subas discrecionales dispuestas por decretos presidenciales en el primer año de gestión del Gobierno, ningún jubilado recibió un aumento acumulado de ese porcentaje (36,1%), sino que todos tuvieron recomposiciones inferiores.

Con la fórmula de movilidad previsional suspendida, los aumentos decretados tuvieron como resultado subas nominales acumuladas de entre 24,3% (en el caso del haber máximo) y 35,3% (en el haber mínimo). Así, dada la inflación que hubo en el período, los ingresos mensuales perdieron entre 0,6% y 8,7% de su poder de compra (esos porcentajes corresponden al ingreso más bajo y al más alto, respectivamente).

En el caso de quienes cobran la mínima o un poco más, hubo dos compensaciones durante 2020 por fuera de los aumentos generalizados, que en su momento llevaron alivio: un bono de $5000 pagado en enero y otro de $3000 en abril.

Un ajuste de $98.000 millones

Si hubiera estado vigente la fórmula de movilidad de la ley 27.426, suspendida en diciembre de 2019, el reajuste acumulado hubiera sido, para todos los ingresos previsionales por igual, de 42%. Al otorgar menos, el Gobierno hizo un ajuste fiscal de alrededor de $98.000 millones, según la estimación del Ieral de la Fundación Mediterránea.

En ese caso, se hubiera dado una recuperación de 4,3% del poder adquisitivo, después de dos años en los que la aplicación de ese mismo cálculo aprobado durante el gobierno anterior produjo una pérdida de 13% en 2018 y otra de 1,8% en 2019.

En el caso de una jubilación que al inicio de 2020 era de $20.000, el incremento nominal recibido en el año fue de 31,5%, con lo cual se estima una pérdida de poder adquisitivo (cuánto menos se puede comprar ahora en relación con un año atrás, en función de lo ocurrido con los precios) de 3,4%.

Para un ingreso que inicialmente era de $30.000, la caída en términos reales fue de 5,6% tras una suba nominal de 28,5%; en tanto, para quien hace un año percibía $50.000 mensuales, la recomposición fue de 26,13% y la reducción del poder de compra, de 7,3%.

A mayor haber menor aumento

El nivel de aumento es menor cuanto más elevado es el haber, porque para la recomposición correspondiente a marzo, el Gobierno decidió otorgar un incremento compuesto por un porcentaje y una suma fija de $1500, igual para todos.

Eso provocó que en términos porcentuales se beneficiara más a los de ingresos más bajos, y que la suba se fuera reduciendo para los ingresos más altos. Ese mes, la mejora del haber mínimo fue de 12,96% y la del máximo, de 3,75%. Con los decretos siguientes se otorgaron subas de igual porcentaje para todos y no se insistió en esa diferenciación, que había tenido el objetivo de achatar la pirámide de ingresos.

Quien un año atrás cobraba $70.000 mensuales, por ejemplo, tiene hoy un ingreso superior en un 25,1% en términos nominales, lo cual implica una reducción del poder de compra de 8,1%, siempre considerando el índice del nivel general de precios medido por el Indec. Y si la prestación era de $100.000 a principios de 2020, entonces la suba nominal total fue de 24,3% y la caída real, de 8,7%.

Nueva ley

Mientras que durante todo 2020 la fórmula legal de movilidad jubilatoria se mantuvo suspendida y las decisiones de aumentos fueron discrecionales, este año regirá una nueva ley, que fue aprobada el 29 de diciembre.la modalidad que se aplicará no tiene en cuenta la inflación, ni como un componente del cálculo ni como una garantía de suba mínima.

En cambio, se considerará la evolución de la recaudación de recursos tributarios que tienen por destino a la Anses y la variación de los salarios. Al igual que ocurrió en los últimos años, las recomposiciones se otorgarán en los meses de marzo, junio, septiembre y diciembre

Fuente: La Nación