El Gobierno modifica el REPRO II para ampliar el impacto del programa

El Gobierno modifica el REPRO II para  ampliar el impacto del programa

Repro II: amplían la ayuda para los sectores afectados por la pandemia de covid-19 

Requisitos y montos de cobertura

El gobierno oficializó el relanzamiento del programa “Repro II” con cambios con respecto del anunciado a fines del año pasado en función del deterioro de la situación sanitaria y, por lo tanto, socio económica. El beneficio para los trabajadores de los sectores considerados críticos será de 18.000 pesos en el salario de abril, que se pagará en mayo, mientras que en los meses siguientes volverán a cobrar 12 mil pesos y solo seguirán cobrando 18.000 pesos los trabajadores del sector de la salud. A su vez, para los sectores afectados no críticos, el beneficio es de 9 mil pesos por trabajador.

El criterio para acceder a ese dinero es que la facturación entre el 1 y el 20 de abril de 2021 y el mismo periodo de 2019 haya caído por encima del 20 por ciento en términos reales. Por el lado de las restricciones al acceso al Repro II sobresale que el titular de la empresa solicitante haya cumplido con la obligación del Aporte de las grandes fortunas.

“Durante las últimas semanas se ha venido detectando en la región y en el país un aumento de casos de Covid-19 que han llevado al Estado Nacional a la adopción de nuevas medidas de carácter sanitario, económicas, social y laboral entre otras”, argumenta la Resolución 198 del Ministerio de Trabajo, publicada este lunes en el Boletín Oficial.

Las modificaciones amplían el impacto del REPRO II

La norma aplica una serie de modificaciones para ampliar el impacto del programa Repro II, lanzado en noviembre del año pasado. El gobierno considera a este plan como un reemplazo mucho más limitado del ATP (Asistencia de Emergencia Trabajo y la Producción) que protagonizó la ayuda estatal al sector privado en 2020. La Casa Rosada entiende que la escasez de recursos fiscales y el impacto económico de las medidas sanitarias que hasta ahora es más restringido que el año pasado justifican la aplicación del Repro II en lugar del masivo ATP.

El “nuevo Repro II” consiste en una suma mensual por cada relación laboral del empleador alcanzado por el Programa. Los “sectores afectados no críticos” pueden recibir nueve mil pesos por empleado, mientras que para los “sectores críticos” hay doce mil pesos por trabajador. Por último, el sector de salud está habilitado para recibir 18 mil pesos por empleado registrado. Si la remuneración neta percibida por el trabajador o la trabajadora es inferior a dichos valores, el subsidio equivale al 83 por ciento del salario bruto.

Entre los criterios que utiliza el gobierno para definir el acceso al programa se destaca que la reducción de la facturación en términos reales (descontado el efecto inflación) debe ser superior al 20 por ciento tanto para sectores no críticos como los críticos. Para el sector salud, cualquier reducción negativa en la facturación real alcanza para acceder al beneficio. De todas maneras, el gobierno aclara que también se evalúan otros indicadores como variación del IVA compras, endeudamiento, liquidez corriente, consumo de energía, relación entre costo laboral y facturación y variación de las importaciones.

Los “afectados no críticos” son una larga lista de sectores de todo el abanico productivo.

Entre los “sectores críticos” hay rubros como servicio de transporte escolar, transporte automotor turístico de pasajeros, transporte aéreo y fluvial de pasajeros, servicios de estaciones terminales de ómnibus y ferroviarias, servicios de alojamiento en hoteles, hosterías y residenciales similares, excepto por hora, que incluyen servicio de restaurante al público, servicios de alojamiento en campings.

Entre los críticos también están los restaurantes y cantinas con y sin espectáculo, «fast food» y locales de venta de comidas y bebidas al paso, expendio de bebidas en bares, exhibición y distribución de filmes y videocintas, servicios mayoristas y minoristas de agencias de viajes, guarderías y jardines maternales y enseñanza de gimnasia, deportes y actividades físicas. Asimismo, incluye a todo tipo de servicios médicos, salones de juego y peluquerías.

Entre las nuevas restricciones se destaca el tema del aporte de las grandes fortunas, ya que si el titular de la empresa está incluido en la lista de afectados por el tributo pero no pagó, no puede acceder al beneficio.