Comercio Interior extendió prohibición a Whatsapp

Comercio Interior extendió prohibición a Whatsapp

La Secretaría de Comercio Interior extendió la prohibición a Whatsapp de implementar las actualizaciones de «políticas de privacidad».

Hasta que concluya «la investigación en curso», que se inició en mayo del año pasado, por presunto «abuso de posición dominante».

La medida se dispuso mediante la Resolución 224/2022, que extiende la vigencia de la resolución 492 del 14 de mayo de 2021.

En esa oportunidad, se consideró que Whatsapp y la compañía Facebook (en la actualidad Meta) incurrirían en «una situación de abuso de posición dominante».

Teniendo en cuenta que «hay evidencia empírica de que la demanda a nivel mundial de la aplicación WhatsApp Messenger”.

“Con más de dos mil millones de usuarios, supera ampliamente a plataformas tales como la de Telegram».

Los alcances de la normativa

La norma abarca a Whatsapp LLC, Meta Platforms Inc y «toda otra empresa controlada por esta última”.

“Que directa o indirectamente participen del negocio de la aplicación de mensajería Whatsapp Messenger».

Esas firmas deberán abstenerse de implementar o suspender «la actualización de las Condiciones de Servicio y Política de Privacidad de Whatsapp Messenger”.

“Cuya entrada en vigencia se previó para el 15 de mayo de 2021″.

Tampoco podrán «degradar la calidad del servicio y las funcionalidades de WhatsApp Messenger”.

“AS los usuarios de la aplicación que no hubieran aceptado las Condiciones de Servicio y Política de Privacidad en cuestión”,

“Incluyendo (pero no limitándose) a la eliminación de mensajes persistentes o cualquier otro tipo de uso habitual de la aplicación».

Asimismo, deberán abstenerse de «intercambiar los datos, metadatos y todo otro tipo de información”.

“Proporcionados por los usuarios de WhatsApp Messenger o recopilados automáticamente por Whatsapp LLC”.

“Con otras empresas y plataformas controladas por Meta Platforms INC”.

“Incluso en los casos de usuarios que hubieran aceptado la actualización».

Ambas empresas tendrán que comunicar a sus usuarios la aplicación de la medida.

Ya sea a través de la misma aplicación o mediante el sitio web oficial.

Así, Comercio Interior extendió la prohibición a Whatsapp.