AFIP reglamentó régimen para monotributistas

AFIP reglamentó régimen para monotributistas

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) reglamentó el Régimen de Sostenimiento e Inclusión Fiscal para Pequeños Contribuyentes.

Una ley que alcanza a los más de cuatro millones de monotributistas.

La resolución general 5003 de la AFIP instrumentó la actualización de los parámetros y valores de las categorías a ingresar por los monotributistas.

Que tendrán efectos retroactivos a partir del primero de enero de 2021.

“La nueva ley es una herramienta fundamental para restablecer la equidad y la promoción de un régimen de inclusión tributaria y financiera”.

Así lo destacó la titular de la AFIP, Mercedes Marcó del Pont.

Y señaló que “la norma estimula el paso voluntario al régimen general, con beneficios”.

“Se subsidia el paso del monotributo a los autónomos”.

Los cambios que AFIP reglamentó del régimen, benefician a todos los monotributistas.

Ya que establecen un régimen permanente que hace menos gravoso pasar al régimen general.

La normativa que sancionó por el Congreso habilitó un “puente”.

Que permite a los monotributistas que se conviertan en autónomos experimentar un ahorro significativo en su carga tributaria.

Con relación al monto que deberían pagar si no se introducen los cambios propuestos.

Nuevos valores retroactivos a enero de 2021

Los beneficios previstos también contemplan reducciones del IVA y Ganancias por tres años para los contribuyentes que pasen de régimen.

“Beneficia a todos los monotributistas porque establece un régimen permanente que hace menos gravoso pasar al régimen general”.

“Y también es una ganancia para el Estado ya que dispondrá de mucha más información”, expresó Marcó del Pont.

Los nuevos valores de las categorías de monotributo fueron actualizados de acuerdo a la variación del haber mínimo garantizado.

La actualización de los parámetros y los nuevos valores de las categorías a ingresar tendrán efectos a partir de enero de 2021.

Las nuevas categorías se encuentran disponibles para consulta en el sitio de la AFIP monotributo.afip.gob.ar

A partir de la actualización de los parámetros y valores del monotributo, todos los contribuyentes del régimen simplificado fueron categorizados en forma retroactiva por única vez.