AFIP reglamentó el procedimiento para que las petroleras apliquen crédito fiscal al pago de impuestos

AFIP reglamentó el procedimiento para que las petroleras apliquen crédito fiscal al pago de impuestos

Con esta resolución, si el Estado se demora en el pago de los incentivos previstos por el Plan Gas, las operadoras pueden imputar esas acreencias al pago de impuestos. El sistema informático “Administración de Incentivos y Créditos Fiscales” va a estar disponible a partir del 15 de marzo.

A través de la resolución general 4939, la AFIP reglamentó el procedimiento para la aplicación de los Certificados de Crédito Fiscal en Garantía en forma electrónica; que están  previstos en el Plan Gas 2020-2024 y que podrán ser utilizados para el pago de impuestos. Esta semana la Secretaría de Energía dio a conocer las ofertas recibidas en la segunda ronda del programa de estímulo a la producción.

Con esta resolución, que todavía tiene que publicarse en el Boletín Oficial; las petroleras quedan habilitadas a que en el caso de que el Estado se demore en el pago de los incentivos previstos por el Plan Gas; puedan imputar esas acreencias al pago de impuestos.

El artículo surgió de las negociaciones del  secretario de Energía Darío Martínez con las petroleras y del pedido de éstas de que se contemple esa posibilidad.

La resolución general 4939 especifica que estos certificados podrán aplicarse a la cancelación de obligaciones impositivas; en concepto de saldo de declaración jurada y/o anticipos, más sus intereses resarcitorios y/o punitorios, multas y demás accesorios.

“La implementación de la normativa prevé que la Secretaría de Energía informe a la AFIP la nómina de los Certificados de Crédito Fiscal en Garantía emitidos. Dichos certificados serán registrados por el organismo en el servicio “Administración de Incentivos y Créditos Fiscales”, señaló la AFIP a través de un comunicado.

Certificados

“Cuando los certificados adquieran el estado “Válido” tendrán para los contribuyentes y/o responsables el carácter de crédito a su favor y podrán aplicarse a la cancelación de las obligaciones impositivas. 

Los certificados pueden ser cedidos siempre y cuando el contribuyente que los ceda no posea deudas exigibles con esta AFIP; no haya utilizado o imputado parcialmente el certificado e informe el precio de venta del certificado mediante el servicio ‘web’ denominado ‘Administración de Incentivos y Créditos Fiscales’”; agregó el organismo comandado por Mercedes Marcó del Pont.

La reglamentación del procedimiento de la aplicación de estos certificados entrará en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial. El sistema informático “Administración de Incentivos y Créditos Fiscales”  va a estar disponible a partir del 15 de marzo.

Con esta reglamentación, el Gobierno da cumplimiento al artículo 89 del Presupuesto 2021;  que establece que las petroleras podrán utilizar los subsidios del Plan Gas 2020-2024 para pagar sus deudas impositivas con la AFIP. 

Fuente: Econojournal