Jubilaciones con un reajuste agregado de 11%

Jubilaciones con un reajuste agregado de 11%

Cuando se pagaron los haberes de abril no se restaron aportes sobre el importe del aumento de ese mes

Las jubilaciones y pensiones de la Anses tienen este mes un descuento por el aporte al PAMI que, medido como porcentaje sobre el haber bruto, es superior al que habitualmente se aplica. Esto ocurre porque cuando se pagaron los haberes de abril no se restó el importe para la obra social correspondiente al monto del aumento de ese mes. Y ahora se corrige aquella menor detracción.

En las liquidaciones de los haberes que pueden consultarse en la página de la Anses aparece el monto del aumento otorgado en abril dos veces: primero, como un concepto del ingreso, y luego, como un descuento. Eso no significa que el reajuste del mes pasado ahora se quite. En realidad, ese importe ya está incorporado en otros ítems que figuran en la liquidación y que componen el haber mensual, que este mes tiene también agregado un reajuste de 11%.

Por una razón operativa, y según explicaron en la Anses, esa manera de hacer la liquidación (consignar en un renglón el monto del aumento de abril para luego descontarlo) es la que permite hacer el descuento no aplicado el mes pasado.

Por ejemplo, en el caso del haber mínimo, que este mes es de $190.141,60, el descuento para financiar al PAMI es de 3%, es decir, de $5704. En la liquidación pueden leerse ese descuento y también otro, de $1105: esta cifra corresponde al aporte por los $36.838 que implicó el aumento de abril: ese monto es el que aparece sumado y luego restado en el mismo recibo y que, a la vez, ya está incorporado al haber, distribuido entre conceptos como la PBU, la PC y Complemento al Mínimo.

De esta manera, el neto a cobrar es de $183.332,21, contra $167.259 del mes pasado. En ambos meses se suma a esas cifras el bono de $70.000. Así, en mayo el importe de bolsillo es de $253.332.

En el ingreso mínimo, el aporte al PAMI es el 3% del haber bruto y no se aplica el descuento sobre el importe del bono. Cuando se trata de ingresos superiores, la cuenta es diferente: se aporta un 3% de lo que equivale al haber mínimo y un 6% sobre el excedente. Por ejemplo, si la jubilación es de $300.000, el descuento es de 3% sobre $190.141 (el mínimo de este mes) más el 6% de $109.859 (que es la diferencia entre los $300.000 y el mínimo).

Para una prestación que en abril fue de $601.636, el aumento de ese mes (ya incluido en esa cifra) resultó de $129.394. Ese monto está incorporado al haber en el recibo de mayo, en el cual hay un 11,01% adicional, para completar un monto bruto de $676.876 (distribuido en conceptos que pueden ser la PBU, la PC, la PAP o la Reparación Histórica). Al margen de eso, se suma y se resta en el mismo recibo el importe de $129.394 de la suba de abril y se descuentan del monto a cobrar $6658,49, que es lo no descontado el mes pasado para el PAMI. Y se detraen $34.368,28 por mayo.

Decisión tardía

Toda esta situación se originó en el hecho de que el DNU 274, que modificó el esquema de movilidad y dispuso, entre otras cosas, el reajuste de 27,4% para abril, fue oficializado cuando la Anses ya había hecho las liquidaciones del mes. Y las había hecho con los mismos importes que en marzo, porque el sistema anterior de actualizaciones no preveía una suba en el tercer mes del año.

Cuando se hizo una liquidación complementaria para cumplir con lo dispuesto por el DNU, se agregaron los importes correspondientes al porcentaje de incremento, pero sobre eso no se descontaron los aportes. “El proceso complementario no permite la generación de descuentos”, indicaron desde el organismo.

Otro ejemplo: un jubilado con un haber bruto de $300.000 en marzo tuvo en abril un ingreso antes de descuentos de $382.200 por el DNU 274. En este caso, el aporte al PAMI fue el mes pasado de $13.966,64, igual que el de marzo. La diferencia con el descuento que resultaba de hacer la cuenta sobre el haber total ya incrementado, de $3826,86 se resta ahora. Con el aumento de mayo, el haber bruto es de $424.280 y el neto, de $404.528; como se detrae la diferencia por el aporte de abril, en mano se recibirán $400.701.

Suplemento especial

Por otra parte, ni en abril ni en mayo las liquidaciones incluyeron el suplemento por la garantía del 82% del salario mínimo, que rige para quienes accedieron a sus haberes habiendo hecho efectivamente todos los haberes exigidos por ley (sin moratoria). En principio, esa garantía no iba a regir en estos meses, porque no se había modificado el salario mínimo y el haber básico ya superaba el valor de referencia.

Pero el viernes último se publicó en el Boletín Oficial una resolución de la Secretaría de Trabajo que fija el salario mínimo de abril en $221.052 y el de mayo, en $234.315,12.

Entonces, en lo referido a abril, el 82% del salario mínimo son $181.262,64 y, como la jubilación básica (sin contar el bono) fue de $171.283,31, el suplemento que debe pagar el Estado es de $9979,30 para quienes cobran la mínima, y de un monto inferior para quienes tienen prestaciones superiores a la mínima y de hasta $181.262,64.

En el caso de mayo, el 82% del salario mínimo es $192.138,40. Y la jubilación mínima llega a $190.141.60. Entonces, el suplemento es de $1996,80 para quienes tienen el haber mínimo y de una cifra inferior para quienes cobran un monto ubicado entre el básico y los $192.138,40.

Fuente: La Nación