Servicios de pago no podrán operar cripto

Servicios de pago no podrán operar cripto

Los proveedores de servicios de pago que ofrecen cuentas de pago (PSPCP) no podrán realizar ni facilitar a sus clientes las operaciones con activos digitales.

Incluyendo asimismo los criptoactivos, que no cuentan con regulación de la autoridad nacional competente.

Ni tampoco tienen autorización del Banco Central (BCRA), informó el organismo monetario.

La normativa, por lo tanto, les impide a los servicio de pago PSPCP efectuar este tipo de operaciones por sí mismos.

Como así tampoco ofrecer iniciarlas desde sus aplicaciones o plataformas web.

Por ofertar o facilitar se entiende la disponibilidad de botones de compra automatizados para el usuario.

Así lo explicó el BCRA, que aclaró que las personas interesadas deberán realizar la operación por su cuenta.

La medida procura mitigar los riesgos que las operaciones con estos activos podrían generarles a las personas usuarias de servicios financieros.

Y también al sistema nacional de pagos, indicó por su parte la autoridad monetaria.

La norma equipara las reglas que deben cumplir esos proveedores de servicios de pago y las entidades financieras.

Que ya cuentan con una restricción de igual tenor desde mayo de 2022.

En mayo de 2021, el Banco Central y la Comisión Nacional de Valores (CNV) publicaron una alerta.

A efectos de proveer información sobre eventuales implicancias y riesgos que los criptoactivos pueden acarrear.

Así como recomendar una actitud prudente a fin de mitigar una eventual fuente de vulnerabilidad para las personas usuarias e inversores.