Régimen de fomento de inversiones para exportaciones

Régimen de fomento de inversiones para exportaciones

El Gobierno implementará un nuevo régimen de fomento de la inversión extranjera directa o de la nacional financiada con crédito externo.

Será para incrementar las exportaciones, crear empleo, fortalecer la competitividad de los diversos sectores productivos.

Y propiciar un crecimiento económico sustentable y equitativo.

La iniciativa se definió en el marco de la reunión de gabinete económico, y en los próximos días será plasmada en un decreto.

Prevé que el 20% de las divisas obtenidas en las exportaciones vinculadas a una nueva inversión serán de libre aplicación.

Por hasta un máximo anual equivalente al 25% del monto bruto de divisas ingresadas para el proyecto.

Ese 20% podrá destinarse al pago de capital e intereses de pasivos en el exterior, utilidades y dividendos de balances cerrados y auditados.

Y también para repatriación de inversiones directas de no residentes.

Si los cobros de las exportaciones no se aplicaran inmediatamente a los usos previstos, los fondos podrán ser depositados hasta su utilización.

Se podrá hacer en cuentas en el exterior de entidades financieras argentinas o en cuentas locales en moneda extranjera en bancos argentinos.

La autoridad de aplicación de este régimen estará conformada por representantes de los ministerios de Economía y Desarrollo Productivo.

Y el Banco Central hará la evaluación técnica de los proyectos a fomentar.

Los sectores beneficiarios

El régimen de fomento está previsto para inversiones de los sectores foresto industriales, agroindustriales, hidrocarburÍfero.

También del sector minero y de industrias manufactureras.

Ya sea en nuevos proyectos o en aquellos existentes pero que busquen ampliar su capacidad productiva a fin de exportar.

En cambio, no se consideran como inversiones a las colocaciones financieras o de portafolio.

Tampoco a la fusión o adquisición de empresas; o a la compra de cuotas y acciones o participaciones societarias.

Podrán aspirar al beneficio -que tendrá una duración de 15 años- personas humanas o jurídicas, nacionales o extranjeras.

Que presenten un proyecto de inversión no menor a US$ 100 millones, en caso de ser una nueva inversión.

Y que aumenten en no menos del 30% la capacidad productiva del negocio en marcha.