Nuevos requisitos para agroexportaciones

Nuevos requisitos para agroexportaciones

El Ministerio de Agricultura fijó nuevos requisitos para exportaciones de granos, carnes y productos lácteos.

Lo hizo a través de la resolución 60/2021 publicada hoy en el Boletín Oficial.

Que modifica el Reglamento para la Inscripción en el Registro Único de Operadores de la Cadena Agroindustrial (RUCA).

La misma indicó que habrá requisitos comunes en el caso de los tres sectores agroindustriales.

Para poder exportar los interesados deberán informar detalle de cuentas bancarias con las que operan.

También los movimientos bancarios de los últimos seis meses y las líneas de financiamiento otorgadas por las entidades informadas.

Además tendrán que exhibir un plan de trabajo proyectado para el próximo año, con detalle de mercadería a exportar, volúmenes, proveedores y destinos.

Y facilitar el detalle del personal en relación de dependencia y compañía aseguradora de riesgos de trabajo contratada.

Y constancia de las entidades bancarias donde se depositan los haberes de los trabajadores.

Asimismo, deberán acompañar el último estado contable certificado para las personas jurídicas y manifestación de bienes actualizada.

Y certificada para las personas humanas o socios y accionista para el caso de personas jurídicas de reciente constitución.

También constancia de ingresos de divisas, del último año, para el caso de haber realizado operaciones de exportación.

Los nuevos requisitos para exportaciones no correrán para ninguno de los tres sectores, en el caso que tengan un establecimiento propio ya inscripto en el RUCA.

Distorsiones en la actividad comercial

“Con la evolución propia de los distintos eslabones de la cadena agroindustrial, se han constatado ciertas modalidades de actuación en la operatoria comercial exportadora”.

“Que generan distorsiones en la actividad comercial y dificultan el pleno ejercicio de las potestades tributarias y de control cambiario a cargo de las autoridades competentes”.

En consecuencia Agricultura consideró que “se estima conveniente establecer nuevas exigencias”.

“Que serán requeridas a los fines de su inscripción y permanencia en el RUCA y la consecuente habilitación, para ejercer legalmente el comercio”.