Nuevo mínimo no imponible de Ganancias

Nuevo mínimo no imponible de Ganancias

El nuevo mínimo no imponible del Impuesto a las Ganancias a la cuarta categoría será de $ 506.230 brutos a partir de mayo.

Medida que beneficiará a 250.000 empleados y empleadas que trabajan bajo relación de dependencia, informó hoy el Ministerio de Economía.

El último ajuste global se realizó en noviembre del año pasado.

Cuando se estipuló en $ 330.000 los salarios no alcanzados por el Impuesto a las Ganancias.

A partir del nuevo mínimo no imponible «no corresponderá retención alguna del tributo cuando la remuneración bruta no supere los $ 506.230».

Asimismo los agentes de retención computarán una deducción especial incrementada.

En aquellos meses en que la remuneración bruta del mes supere los $ 506.230 y resulte inferior o igual a $ 583.851.

La propuesta aplicable a partir de mayo de 2023 se vincula con la variación del Ripte de 25,29% entre octubre de 2022 y febrero de 2023.

Desde enero de 2023 no pagan el impuesto a las Ganancias las remuneraciones brutas mensuales que no superan los $ 404.062.

Hasta el nuevo ajuste, se computa una deducción especial incrementada.

Los meses en que la remuneración bruta del mes que se liquida supera los $ 404.062 y resulta inferior o igual a $ 466.017,

Los trabajadores de la provincia y la ciudad de Buenos Aires concentrarán casi el 50% del beneficio que implica la medida.

En el caso de la provincia serán 112.267 trabajadores.

Mientras que en la ciudad se calcula que unos 31.094 empleados no tendrán el impacto de Ganancias en sus salarios.

Luego le siguen Córdoba con 20.311, Santa Fe (19.309), Mendoza (8.977), Entre Ríos (6.349), Tucumán (5.936) y Neuquén (5.295).

También Chubut (4.879), Río Negro (4.383), Salta, Misiones (3.414), Salta (3.060) y La Pampa (3.047).

Además Corrientes (2.999), San Juan (2.987), San Luis (2.615), Jujuy (2.267), Formosa (2.079), Chaco (2.034).

Por último, Santiago del Estero (1.833), Catamarca (1.814), Santa Cruz (1.562) y La Rioja (1.489).