Precedente legal. Condenan a una mujer por difamar en Twitter

Es un caso testigo para resolver agravios difundidos en medios masivos. La Justicia obligó a una mujer a realizar 150 horas de tareas comunitarias por «calumniar e injuriar» a un hombre a través de las redes sociales.
La causa judicial se había iniciado el 3 de mayo del año pasado con la presentación de una querella por parte de Marcelo Frydlewsky, quien se sintió «agraviado» a raíz de una serie de tuits publicados por Mónica Lang. El delito por calumnias e injurias está tipificado en los artículo 109 y 110 del Código Penal, pero nunca había sido aplicado en la Argentina para agravios vertidos en las redes sociales.
Frydlewsky, realizó la presentación de la acción penal a través de su abogado Jorge Monastersky, quien explicó el caso a Télam y dijo que «de ahora en más los tuits con agravios no serán gratuitos». «Se consiguió poner un límite y de ahora en más, decir cualquier cosa en las redes va a ser castigado», precisó el abogado.
Daniel Monastersky, especialista en derecho informático del mismo estudio, sostuvo que este tipo de delitos «no es difícil de demostrar pero pocas veces se denuncia, por eso, lo original y positivo de esta resolución es que muchas personas se den cuenta de que sí pueden hacerlo y de que hay un fallo de la justicia que los apoya. Es importante porque hoy en día sos quien Google dice que sos».
En noviembre pasado, según dijo, se celebró la audiencia de conciliación prevista para este tipo de delitos y en la oportunidad la querella solicitó a Lang que se retracte a través de la publicación por tres días en dos diarios de circulación nacional. El querellante también exigió el pago de una suma importante de dinero y aseguró que lo donaría a una entidad de bien público.
Lang, de acuerdo al fallo emitido el 6 de febrero pasado y conocido en las últimas horas, «contestó que no tenía los medios para afrontar dicha suma» y a partir de esa situación la querella solicitó al juez del Tribunal Oral Criminal 22, Ángel Gabriel Nardiello, que la mujer realice 150 horas de tareas comunitarias en una entidad de bien público.
Durante la audiencia «se hizo alusión que hay que tomar conciencia de que acusar falsamente a una persona de la comisión de un delito en las redes sociales, en este caso Twitter, es un hecho grave que causa un gran daño en lo personal y profesional a una persona y que la justicia no puede permitir que estos hechos sigan sucediendo y que no tengan consecuencias», señaló el abogado.
En su sentencia, Nardiello sobreseyó a la imputada de un castigo económico, pero le impuso 150 horas de tareas comunitarias en el Centro Caritas más cercano a su domicilio y le exigió publicar la parte resolutiva de la sentencia durante tres días seguidos en los diarios Clarín y Nación, uno de ellos el día domingo. (Télam)