Piden sanciones más fuertes para los evasores

(La Nación,  por Martín Kanenguiser) – El fiscal en lo Penal Económico N° 9, Claudio Navas Rial, apeló los procesamientos dictados por la jueza María Verónica Straccia en la causa en la que se investiga el delito de presunta evasión en cuentas bancarias de argentinos en Suiza. El fiscal, a cargo de la investigación, pidió mayor dureza en su presentación ante la Cámara Nacional en lo Penal Económico.

En el escrito, presentado el 2 de este mes, Navas Rial se basó en dos ejes para cuestionar las órdenes de Straccia, quien procesó a 84 personas, de las cuales 50 causas llevan la carátula de «evasión simple» y 34, de «evasión agravada», sobre la base de la información aportada por el ex ejecutivo del HSBC Hervé Falciani.

Los argumentos del fiscal giran en torno de la necesidad de procesar a cada uno de los denunciados por la AFIP en la gestión de Ricardo Echegaray -y no sólo a un titular por cuenta denunciada- y a tomar en cuenta todo el monto presuntamente evadido y no solamente la diferencia entre el saldo de las cuentas entre 2005 y 2006.
El primer eje ya había generado controversia en la propia AFIP, ya que en principio se había hecho una denuncia por persona, pero luego una instrucción interna de 2015 dispuso que se focalizara la atención sobre un contribuyente por cuenta.

Los argumentos del fiscal giran en torno de la necesidad de procesar a cada uno de los denunciados por la AFIP en la gestión de Ricardo Echegaray y a tomar en cuenta todo el monto presuntamente evadido.

Navas Rial argumenta que no sería positivo para el Estado desligar a todos los miembros de una cuenta, dado que pudo haber existido una «maniobra» conjunta para evadir, más allá de quien sea titular.

 En cuanto a la segunda cuestión, indicó que si sólo se considerara evasión la diferencia entre los saldos de las cuentas en 2006 contra los de 2005, quedaría expuesto un perjuicio para el Estado mucho menor que el total. Sin embargo, para varios abogados defensores -y para la propia jueza- el dinero que estaba en las cuentas en 2005 no puede ser alcanzado por la acción penal porque se trata de un período prescripto.

Al respecto, Navas Rial cita el informe del Ministerio Público Fiscal en el que «se pudo determinar que el perjuicio ocasionado solamente por las maniobras individualizadas en los pedidos de indagatoria ascendió a $ 448.776.099 para 2005 y a $ 464.503.544 para el período 2006».
La Justicia deberá decidir en segunda instancia si acepta el pedido de Navas Rial o deja en firme la orden de Straccia, que también incluyó cinco sobreseimientos y varias órdenes de falta de mérito recurridas también por el fiscal.
Navas Rial no podrá contar con información de Suiza, que se negó a brindar datos en un exhorto que aquél mandó a Berna. El poder judicial de ese país consideró que, como no hay fraude fiscal, no hay delito sobre el cual informar.
«En el caso que nos ocupa, las autoridades argentinas parecen perseguir a 4040 individuos que estarían relacionados con cuentas mantenidas en el HSBC de Suiza. La solicitud de asistencia judicial contiene una descripción general de los hechos que no permite comprender, para cada una de las personas imputadas, los hechos de los que específicamente se las acusa, el lugar y la fecha de comisión de estos hechos, el modus operandi, las personas implicadas y su actuación», expresó.
Según la respuesta suiza, «esta descripción tampoco permite comprender el vínculo que existiría entre los hechos que se les atribuyen y la o las cuentas que éstos poseerían en Suiza». «En esta situación, la solicitud de asistencia judicial argentina corresponde a una búsqueda indeterminada de pruebas que es inadmisible conforme al derecho suizo. Esta solicitud no cumple con las exigencias legales suizas antes indicadas», señalaron.