Los FCI deberán valuar sus activos en dólares al precio del dólar oficial.


Esta modificación es a partir de una norma de la Comisión Nacional de Valores publicada este jueves en el Boletín Oficial.

Tenían permitido usar una “valuación alternativa” (…) el dólar contado con liqui, si la diferencia entre ambas cotizaciones era superior al 1%.

Desde ahora “La conversión entre la moneda de curso legal en la República Argentina y el dólar estadounidense tanto sea para la valuación de su tenencia como de otros activos en cartera denominados en dicha moneda, se efectuará de acuerdo al tipo de cambio de cierre mayorista que surja del Sistema de Operaciones Electrónicas “SIOPEL” del Mercado Abierto Electrónico, o aquel que en el futuro utilice el Banco Central”.

(…)

“La entrada en vigencia de las modificaciones en las valuaciones (…) se producirá a partir del 15 de octubre de 2020 inclusive, con excepción de la valuación de la tenencia de moneda extranjera cuya entrada en vigencia se producirá a partir del 29 de julio de 2020 inclusive”.

Fuente: Cronista