Ley de Alquileres, se promulgó y rige un nuevo esquema de regulación

Ley de Alquileres, se promulgó y rige un nuevo esquema de regulación

Se extienden los tiempos de contratos, y se regula el monto de ingreso para poder acceder a un inmueble, entre otros

El Gobierno promulgó este martes la nueva Ley de Alquileres, aprobada el 11 de junio,  por lo que se establece un nuevo esquema de regulación que beneficiará a más de 9 millones de inquilinos. 

A través del Decreto 580 publicado en el Boletín Oficial, queda oficializada la Ley 27.551, que modifica de lleno en el Código Civil y Comercial de la Nación, y extiende el plazo mínimo de los contratos de alquiler de dos a tres años, entre otros puntos.

Con 41 votos afirmativos, y la ausencia del bloque de Juntos por el Cambio, la normativa hará su debut el próximo 30 de septiembre, cuando venza el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 320 dictado por el presidente Alberto Fernández en el que se ordenó la prórroga de contratos, congelamiento de cuotas de renta y prohibición de desalojos, ante la pandemia de coronavirus.

Las modificaciones de la ley de alquileres 2020

La iniciativa sancionada modifica el Código Civil y Comercial de la Nación, y extiende el plazo mínimo de los contratos de alquiler de dos a tres años.

Actualización anual del precio de todos los contratos (independientemente de su valor), sobre la base de una fórmula de indexación mixta que combina en partes iguales la evolución de la inflación ( IPC) y de los salarios (RIPTE).

En cuanto al depósito de entrada que pagan los inquilinos al iniciar el contrato, establece que el mismo no puede representar un monto mayor al valor del primer mes de alquiler.

Se amplía la gama de opciones que los inquilinos pueden presentar al propietario en concepto de garantía: ya no sólo se admitirán inmuebles de terceros sino también recibos de sueldos, certificados de ingreso, seguros de caución o avales bancarios.

También se fija que los gastos de expensas extraordinarios quedan a cargo del propietario y no del inquilino.

Los ocupantes de la vivienda podrán interrumpir el contrato y abandonarla en forma anticipada sin pagar indemnización, si cumple con un mínimo de tres meses de aviso previo.

Por otra parte, la nueva ley obligará a que la totalidad de los contratos sean inscriptos ante la Afip para evitar la evasión impositiva y posibles abusos por fuera de la formalidad legal.

Fuente: BAE