La compraventa de dólares vuelve a ser exclusiva de bancos y casas de cambio

La compraventa de dólares vuelve a ser exclusiva de bancos y casas de cambio

Entre la bateria de medidas para frenar la demanda de dólares, y la escalada de la divisa, el Banco Central estableció que solo los bancos y las agencias de cambios podrán operar en la compra y venta de divisas. La medida fue dispuesta el jueves por la entidad monetaria a través de la comunicación A 6999, pero recién se conoció ayer.

De esta manera, se vuelve a la normativa previa a enero de 2018 cuando regía que sólo los bancos y las casas de cambio pueden intervenir en el mercado de divisas; modificación que implementó Sturzenegger, al liberar esta modalidad y habilitar a que cualquier entidad, inscribiéndose en un registro, pudiera comprar y vender dólares al público.

A partir de ahora, las sociedades de Bolsa o Alycs -principales figuras a las que afecta esta medida-, tendrán un período de adecuación a la nueva normativa, que en definitiva establece que las sociedades que se dedican al mercado de cambio, sólo pueden dedicarse a eso y nada más.

En el texto, l resolución establece que “los operadores de cambio que no se adecuen a la fecha a estas nuevas disposiciones deberán presentar a la Superintendencia de Entidades Financieras y Cambiarias un plan de encuadramiento, dentro de los próximos 30 días corridos, cuyo plazo de cumplimiento total no podrá exceder el 30 de setiembre de 2020, para lo cual se considerará la complejidad de cada situación en particular”.

Por otra parte, este lunes 4 comienza a regir la obligatoriedad de presentar una declaración jurada, todas las empresas que quieran comprar dólares. Es una declaración que afirma que no hicieron CCL ni MEP en los últimos 30 días, y en la cual se comprometen a no realizar esas operaciones a partir del momento en que requiere el acceso y por los 30 días corridos subsiguientes.