El Gobierno impulsa una indulgencia fiscal al pequeño contribuyente

El Gobierno impulsa una indulgencia fiscal al pequeño contribuyente

Es para deudas inferiores a $ 100.000. Alcanza a Mipymes y también a entidades sin fines de lucro.

Con el fundamento “de fortalecer la reactivación económica y dar una señal clara para la salida de la Pandemia”, el presidente de Diputados, Sergio Massa presentó un proyecto de ley de “condonación de deudas para entidades sin fines de lucro, Mipymes y pequeños contribuyentes con deudas inferiores a $ 100.000 vencidas hasta el 31 de agosto de 2021”. Y amplía la moratoria de la Ley de Emergencia (12/2019) que venció el 31 de julio del año pasado para deudas vencidas entre el 1° de agosto de 2020 y el 31 de agosto de 2021.


El proyecto, presentado a 54 días de la elección legislativa, excluye de esos beneficios al Aporte Solidario Extraordinario («impuesto a la riqueza») ya que no tiene naturaleza tributaria. Y especifica que se condonan las deudas -de capital, intereses y otros accesorios- previsionales, impositivas y aduaneras para los Bomberos Voluntarios, entidades sin fines de lucro, fundaciones, asociaciones civiles, bibliotecas, simples asociaciones y entidades municipales.

Entidades sin fines de lucro

Comprende a 45.000 entidades sin fines de lucro “que registran deuda ante el Fisco por cerca de $ 15.000 millones”, según los fundamentos del proyecto. Y aclara: «Sin embargo, no debe escapar que el esfuerzo fiscal de esta medida es relativo: resulta difícil pensar que se ejecuta operativamente la deuda de un cuartel de bomberos, un club de barrio o una fundación”. También propone condonar las deudas de Mipymes, personas contribuyentes y pequeños contribuyentes con deudas inferiores a los $ 100.000 vencidas al 31 de agosto.


De 3 millones de contribuyentes (sin considerar los 4,1 millones de monotributistas), 900.000 tienen deuda líquida y exigible que está en condiciones de ser ejecutada, y de ese total, 600.000 tienen deudas inferiores a $100.000 por un total de $ 13.000 millones, dice el proyecto.


Por otro lado, se amplía la anterior moratoria para deudas desde el 1 de agosto de 2020 al 31 de agosto de 2021, incluyendo de planes de pago vigentes y deudas de planes caducos.


“La deuda corriente post pandemia asciende a cerca de $290.000 millones, concentrada en Mipymes. Equivale al 36% de la recaudación mensual promedio. Cuando se sancionó la moratoria de 2019, ese índice era muy similar (40,5%). En ese contexto, la propuesta es ampliar la anterior ley, para marcar un sendero de salida de la pandemia”. Hay un plan de Facilidades de Pago para regularizar esas deudas en hasta 120 cuotas. “La primera cuota vencerá, excepto que se trate de refinanciaciones, no antes del 16 de noviembre de 2021, según tipo de contribuyente, deuda y plan de pago adherido”, aclara.

Fuente: Clarín