CNV realiza inspecciones a sociedades de Bolsa

CNV realiza inspecciones a sociedades de Bolsa

La Comisión Nacional de Valores (CNV) realiza inspecciones presenciales y controles sobre la operatoria y la modalidad de gestión de órdenes.

Lo hace a partir de posibles incumplimientos a lo dispuesto por la resolución general 878/2021 publicada el 11 de enero pasado.

Así lo indicaron a Télam fuentes del mercado.

El operativo en curso en las sociedades de Bolsa (ALyCs) tiene principalmente por finalidad impedir que se cometan perjuicios contra los inversores.

Por lo cual CNV realiza inspecciones para intensificar los mecanismos de control de los cuales dispone como ente regulador.

Los alcances de la resolución

Las medidas de la CNV para las operatorias de dólar MEP y Contado con liquidación (CCL) están contenidas en la resolución 878/21.

Estas tienen como objetivo mejorar la integración de los distintos segmentos de negociación del mercado de capitales.

Y continuar reduciendo la volatilidad, brindando estabilidad de precios en la operatoria de valores negociables, en el marco de la política económica actual.

En tal sentido, se disminuyó el plazo de permanencia de dos a un día hábil para personas humanas y jurídicas que compran un activo en pesos.

Y luego lo venden con liquidación en dólar MEP, o realizan una Transferencia Receptora y luego venden el valor negociable con liquidación en este mismo dólar.

En cuanto al dólar CCL, se adaptó el esquema normativo vigente para una mejor integración de los segmentos PPT y Bilateral.

De forma transitoria y excepcional, las cuentas de los comitentes no incluidos en el concepto de carteras propias de los ALyCs, deberán limitar sus posiciones vendedoras netas a 100.000 nominales semanales cuando se trate de operaciones con liquidación Cable.

Esto es para el conjunto de valores negociables de renta fija soberanos nominados y pagaderos en dólares estadounidenses bajo ley local, en el segmento de interferencia de ofertas con prioridad precio tiempo,

La referida operatoria podrá realizarse bajo los parámetros habituales en el segmento de negociación bilateral.

O con títulos valores distintos a los mencionados.