Quienes cobraron salarios por ATP no podrán comprar dólares

Quienes cobraron salarios por ATP no podrán comprar dólares

Quienes accedieron al cobro de parte de su salario a través del programa de Asistencia al Trabajo y la Producción (ATP) no podrán comprar dólar ahorro.

La medida forma parte de las restricciones adoptadas a mediados de setiembre por el BCRA para limitar la venta de dólares a particulares.

Entre otras, se incluye a todo aquel beneficiario de programas de asistencia estatal.

«Los que reciben el ATP no pueden comprar dólares», apuntaron a Télam fuentes del BCRA.

A pesar de haber sido comunicado al momento de los anuncios, muchas personas advirtieron el alcance de esta restricción recién ahora.

El lunes los bancos terminaron de actualizar los sistemas de compra de dólar vía home banking y demás plataformas digitales.

Esto ocurrió tras casi dos semanas de demoras para la aplicación de las nuevas normativas del BCRA.

Según datos de la Anses, el ATP 5, que correspondió a los salarios de agosto, alcanzó a 1,3 millones de trabajadores con una inversión $ 25.501 millones.

Y desde su inicio en abril, complementó el pago de 8,7 millones de salarios por $ 176.199 millones.

En total, se calcula que cerca de 2,5 millones de personas accedieron al cobro del salario complementario en algunas de sus cinco rondas.

El BCRA detalló hace 15 días que aquel «beneficiario de algún plan o programa caracterizado como de ayuda social, incluyendo los subsidios de carácter alimentario» no podrá acceder al cupo de US$ 200 dólares para atesoramiento.

Asimismo, fijó que la adquisición de moneda extranjera estará disponible para quienes reciban prestaciones de la seguridad social derivadas de la relación laboral, como las asignaciones familiares.

También para aquellos que tengan ingresos por estar en relación de dependencia; sean titulares de haberes previsionales; o sean trabajadores autónomos, monotributistas o de casas particulares.

Las restricciones de acceso al dólar para atesoramiento también incluyen un recargo del 35% en concepto de retención del impuesto a las Ganancias.

Y el cómputo de las operaciones con tarjetas de crédito en el exterior dentro del cupo de los US$ 200.