Bancor prioriza la atención a «consumidores hipervulnerables”

Bancor prioriza la atención a «consumidores hipervulnerables”

En sintonía con lo dispuesto por la Dirección General de Defensa del Consumidor de la Provincia, el banco renovó su compromiso en el tratamiento diferenciado a las consultas y gestiones realizadas por los denominados “consumidores hipervulnerables” en contexto de pandemia.

Mediante la Resolución 139/2020, la Secretaría de Comercio Interior del Ministerio de Desarrollo Productivo de la Nación; incorporó la figura del “consumidor hipervulnerable” dentro la Ley de Defensa del Consumidor (Ley 24240), priorizando los reclamos que involucren los derechos o intereses de niños; niñas y adolescentes, personas del colectivo LGBT+, mayores de 70 años, personas con discapacidad, migrantes o turistas; integrantes de comunidades de pueblos originarios y ruralidad, y residentes en barrios populares.

Bancor adhiere a la iniciativa

En ese sentido Bancor adhirió a la iniciativa, no solo dando trato especial a los clientes que estén amparados en la resolución; sino también a aquellos consumidores hipervulnerables como las personas jurídicas sin fines de lucro que orienten sus objetos sociales a determinados colectivos; quienes acrediten situaciones de vulnerabilidad socio-económica como jubilados, pensionados, beneficiarios de asignaciones universales; monotributistas sociales; empleados del servicio doméstico; quienes perciben el seguro de desempleo; y titulares de una Pensión Vitalicia a Veteranos de Guerra del Atlántico Sur.