SAC en cuotas: La Bancaria apuntó al impuesto a Grandes Fortunas

La Asociación Bancaria  rechazó este martes el pago del medio aguinaldo en cuotas a los trabajadores estatales y reclamó que «se deje sin efecto» el decreto de necesidad y urgencia que lo dispone.

«Rechazamos la inconducente decisión de pagar, en el sector estatal, el aguinaldo en cuotas a trabajadores con salarios que ya sufren un injusto castigo impositivo sobre ingresos que tienen carácter alimentario», expresó la Asociación Bancaria en un comunicado titulado «Así no».

Tambíen rechazó «la suspensión de la movilidad jubilatoria que ya el anterior Gobierno había convertido en regresiva».

El Gobierno oficializó la decisión de pagar en cuotas el medio aguinaldo correspondiente al mes de junio de todos los empleados públicos nacionales cuyo Sueldo Anual Complementario (SAC) supere los 40.000 pesos brutos, en el marco de las restricciones fiscales del Estado producto de la pandemia del coronavirus.

La Bancaria cuestionó «la demora en sancionar la necesaria ley sobre el aporte de las grandes fortunas para la emergencia» y consideró que «esa demora no la pueden pagar los trabajadores». Y reclamó que se sancione «una verdadera reforma tributaria de carácter progresivo»

El pago del aguinaldo en cuotas ya fue comunicado a los gremios UPCN y ATE a fines de la semana pasada por el jefe de Gabinete, Santiago Cafiero, y el ministro de Trabajo, Claudio Moroni, señala La Nación.

La medida tendrá una amplitud significativa, dado que incluirá a organismo públicos como el Banco Central, empresas estatales y hasta a las Fuerzas Armadas y de Seguridad. Además, el pago podría dividirse en hasta cinco partes, según detalla el matutino.

Sin embargo, muchos empleados estatales sí cobrará el aguinaldo de junio en un solo pago. Se trata de aquellos que reciban menos de $80.000 brutos.

Los gremios

Desde ATE señalaron que la medida es «un mal caso testigo» para lo que pueda ocurrir en provincias y municipios. Además, no ven con buenos ojos que el excedente de los $40.000 se pague en más de dos cuotas, según precisa La Nación.

Desde UPCN afirmaron que el gremio «no podrá avalar» la medida del Gobierno, aunque por el momento no lanzaron una respuesta oficial.

El sector privado

El presidente de la Coordinadora de las Industrias de Productos Alimenticios (Copal), Daniel Funes de Rioja, anticipó el fin de semana que pedirá que se contemple la posibilidad de que el medio aguinaldo de junio se cubra con el Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción (ATP) o se pague en tres cuotas.

El empresario sostuvo que «en las pequeñas y medianas empresas llegar al medio aguinaldo es muy dificultoso», ya que precisó que «no hay caja, no hay giro, muchos cheques fueron rechazados y el acceso al crédito es muy difícil para quienes tienen un pasado pesado».

Además, los empresarios reclamarán al Gobierno que se revisen los actuales programas Precios Máximos y Precios Cuidados que vencen a fin de mes.

La legalidad de la cuotificación

El Gobierno no previó hasta ahora esa medida de alivio para las empresas. Pero la Ley de Contrato de Trabajo tiene cláusulas que pueden ser útiles a las pymes.

El Gobierno no dictó una normativa de excepción vinculada con la situación de emergencia sanitaria y económica, que habilite el pago de la primera cuota del Salario Anual Complementario (SAS) en forma fraccionada, recordó la abogada laboralista Silvana Iudkovsky.

Y la Ley establece la obligación por parte del empleador de abonar el Salario Anual Complementario, en dos cuotas iguales, con vencimiento el 30 de junio y el 18 de diciembre.

A diferencia de las pequeñas y medianas empresas que pueden abonar el aguinaldo en tres cuotas en el año, con la condición de que dicha posibilidad esté prevista en las Convenciones Colectivas de Trabajo, advirtió Ludkovsky.

Por el contrario, si la habilitación no está expresada en el Convenio Colectivo de Trabajo, esa disposición de la Ley de Pymes no podrá aplicarse, indicó Iudkovsky.

Por otra parte, si bien el fraccionamiento en más de dos cuotas está habilitado por la ley de Pymes, esta norma no resuelve la forma y época de pago. Se deberá evaluar si el propio Convenio Colectivo de la actividad respectiva, lo regula expresamente, explicó Ludkovsky.

Fuente: Iprofesional